miércoles, 26 de enero de 2005

Los pasos en el Plan Ibarretxe para su puesta en funcionamiento

Ya hemos visto que el Plan Ibarretxe es claramente inconstitucional.

Ahora bien, quiero copiar el mecanismo de dicho texto para su entrada en funcionamiento:


Capítulo tercero

De la modificación y actualización del Estatuto político

Artículo 17.- Procedimiento de modificación y actualización

Sin perjuicio de las especificidades establecidas en la regulación del ejercicio democrático del derecho a decidir, para la modificación y actualización de este Estatuto político se atenderá al siguiente procedimiento:

a) La iniciativa corresponderá al Parlamento Vasco, a propuesta de una quinta parte de sus miembros, al Gobierno Vasco o a las Cortes Generales del Estado.

b) La propuesta habrá de ser aprobada por la mayoría absoluta del Parlamento Vasco.

c) Una vez aprobada, se iniciará un proceso de negociación entre las instituciones vascas y las del Estado, que deberá culminar en un plazo máximo de seis meses.

d) El acuerdo alcanzado, en su caso, deberá ser aprobado por el Parlamento Vasco y las Cortes Generales y ratificado definitivamente por la sociedad vasca mediante referéndum convocado a tal efecto por el Gobierno Vasco.

e) En el supuesto de no alcanzarse un acuerdo, el Parlamento Vasco podrá solicitar al Gobierno Vasco que someta a la ratificación de la sociedad vasca mediante referéndum la propuesta inicialmente aprobada.

f) Si la propuesta es ratificada por la sociedad vasca, se iniciará un nuevo proceso de negociación con las instituciones del Estado para incorporar la voluntad democrática de la sociedad vasca al ordenamiento jurídico.



El mecanismo, totalmente inconstitucional por supuesto, entra en vigor además con carácter retroactivo, ya que para este nuevo estatuto no se sigue el procedimiento de reforma que marca el anterior, sino ya el nuevo.

Pero quiero hacer un análisis de los pasos que en este artículo se detallan para la puesta en funcionamiento.

Paso "a" (propuesta). Ya está en el pasado.

Paso "b" (aprobación por el Parlamento Vasco). También ya ha sucedido, el 30 de Diciembre pasado.

Paso "c" (negociación entre las instituciones vascas y las instituciones del Estado, durante un máximo de seis meses). Es donde estamos ahora. Parece bastante evidente que este punto no va a ser muy largo, porque ni el Gobierno ni el Parlamento de España tienen intenciones de negociar nada con el Gobierno o Parlamento vascos.

Paso "d" (ratificación del acuerdo por Parlamentos vasco y español y en referéndum). No existirá este punto, ya que no habrá habido ni tan siquiera negociación.

Paso "e" (posibilidad de referéndum para el caso de que no haya acuerdo). Creo que este es el punto central. Es muy interesante que el texto no pone el referéndum como automático en caso de negativa de las instituciones nacionales. Lo que dice literalmente sobre dicha consulta es que el Parlamento Vasco podrá solicitar que el Gobierno Vasco la haga.

Aquí entra la valoración política. Está claro que este artículo se puso ahí con una finalidad, la de tener la posibilidad de dar marcha atrás en ese punto si se consideraba lo mejor. Es decir, que si el nacionalismo vasco ve debilidad en el Gobierno de la nación, tenderá a forzar el enfrentamiento. Por el contrario, si lo que ve es fortaleza, empezará a pensar en renunciar a sus desmedidas ansias de independencia, y, con mayor o menor tensión, seguirá dentro del marco legal establecido.

Probablemente ese punto "e" sea el punto de no retorno en la tensión entre el nacionalismo vasco y el Estado Español. De llevarse a cabo ese referéndum, ganaría el "sí" abrumadoramente, ya que los partidarios del "no" no acudirían a las urnas, dado que se negarían a participar en un referéndum totalmente ilegal. Con dicha victoria en las manos el punto "f" sería verdaderamente dramático.

Paso "f" (si el referéndum ganara, negociación entre instituciones vascas e instituciones del Estado para incorporar al ordenamiento jurídico el nuevo Estatuto). Si se ha celebrado el referéndum y se ha ganado, este punto sería verdaderamente dramático, ya que la tensión institucional podría desembocar en una abierta crisis. Pero aún ahí el Plan Ibarretxe se permite tener una vía de escape, ya que no habla de proclamarlo válido unilateralmente, sino de un nuevo proceso de negociación con las instituciones del Estado, dejando en el aire que pasaría si esa negociación siguiese siendo improductiva. Es decir, si se quedarían con lo que hay ahora, o si optarían por la vía de marcar sus propias reglas del juego.

En conclusión, lo que estamos viendo actualmente no es tanto una ruptura formal con el ordenamiento legal vigente, sino un pulso en toda regla al Estado, para comprobar su fortaleza en la defensa de ese ordenamiento legal. Si el Estado sabe defenderse desde la legalidad, con orden y decisión, lo que ahora estamos viviendo no pasará de ser una dificultad vencida por la democracia española, probablemente grave, sí, pero vencida. Pero si el Estado no sabe defenderse con los medios de los que dispone, entonces no me queda la menor duda de que el drama está servido... o tal vez la tragedia.

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