Veredicto del jurado: "Ha quedado probado que el acusado efectuó un disparo con un revólver del calibre 38 asumiendo el riesgo de causar la muerte de la persona enmascarada que resultó ser Jonás Cano, pues el lugar era pequeño y podía impactar en alguno de los presentes... podía haber utilizado otras alternativas igual de efectivas para salvar su integridad física y la de su esposa evitando la muerte".
No parece importarle mucho a ese jurado que los asaltantes entraron en su casa para robar, armados con una pistola simulada y un palo, y agredieron brutalmente a la esposa del condenado, a la que golpearon con el palo que portaban y le aplastaron la mano entre el marco y la puerta de la habitación.
Hasta la Fiscalía pedía que se le considerara inocente de homicidio, aplicándosele el eximente de legítimia defensa. Pero el jurado condenó a este hombre. ¿Hasta qué punto va a llegar la sociedad española en su defensa de los criminales? Porque en este caso es la sociedad directamente, a través del jurado, la que opta por la defensa de estos criminales. Repugnante.
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