domingo, 22 de octubre de 2017

Rajoy destituirá al gobierno catalán e intervendrá funcionarios, Mossos y TV3; Puigdemont, totalmente incendiario

El gallego dio un puñetazo en la mesa. Y vaya puñetazo. Se va a cargar el gobierno de Cataluña, sustituyéndolo por su propio gobierno; va a controlar todos los funcionarios de Cataluña; va a intervenir a los Mossos, con lo que van a tener que obedecer al Gobierno de la Nación o se van a ver enfrentados a consecuencias gravísimas; y va a intervenir también TV3 para que respete la Constitución y el Estatuto. Todo lo anterior de cara a convocar unas elecciones autonómicas tranquilas en el plazo más breve posible (el tiempo dependerá de como evolucionen las cosas).

Mi valoración personal es que había que hacerlo. Bueno, había que haberlo hecho el día 8 de septiembre, después de que el Parlamento de Cataluña rompió a las bravas la legalidad constitucional y estatutaria. Pero, ya que no se hizo entonces, ni tampoco posteriormente (cuando se convocó el referéndum del 1-O, cuando se proclamaron los resultados, etc.), había que hacerlo ya de una buena vez. Más vale tarde que nunca.

Aitor Esteban, portavoz del PNV en el Congreso, ha dicho que esta aplicación del artículo 155 sienta un peligroso precedente. Quitando lo de "peligroso" estoy de acuerdo. Cuando todo esto termine espero que sirva para que los líderes autonómicos con ocultos deseos independentistas (empezando por algunos líderes nacionalistas vascos) se lo piensen dos veces antes de desafiar al Estado de Derecho en España.

Cuando todo esto termine, decía yo. Y aún no ha empezado. Lo que estamos viendo me temo que es únicamente un larguísimo preámbulo del enfrentamiento real, que empezará cuando el Gobierno de España aplique las medidas aprobadas, a partir del próximo viernes. Y va a ser un escenario durísimo. Solamente hace falta escuchar el incendiario discurso de Puigdemont en respuesta a las medidas acordadas (además de totalmente hipócrita, porque de lo que acusa a Rajoy es todo lo que él mismo ha hecho, punto por punto). Mucho me temo que es el principio de una estrategia para tomar las calles en Cataluña con la mayor cantidad de gente para intentar dificultar al máximo la aplicación efectiva de las medidas en cuestión, intentando provocar que se produzcan escenas de violencia semejantes o incluso peores a las del 1-O. No se puede olvidar que el secesionismo está buscando con todas sus fuerzas al menos un muerto en sus filas, para poder forzar la intervención internacional, y esa situación es peligrosísima; solo espero que Rajoy sepa manejarla correctamente.

Bueno, así están las cosas... ahora mismo. Veremos como evolucionan en los próximos días.

14 comentarios:

  1. Y en vez de aplicar el Código Penal para restablecer la legalidad, el gobierno de la partidocracia española, que por acuerdo de algunas de sus facciones recayó en ese felón que responde al nombre de Mariano Rajoy Brey, ha elevado al Senado un acuerdo ministerial contraria a la letra del art.155 de la Carta Otorgada de 1978.

    https://www.ivoox.com/rlc-2017-10-21-propuesta-ilegal-rajoy-al-senado-audios-mp3_rf_21601326_1.html

    En resumen, el gobierno propone una ilegalidad manifiesta para corregir la deriva de una crisis provocada por sediciosos que han rozado la rebeldía, abiertamente proclamada pero diferidos sus efectos.

    Ambos cobardes, los que dirigen el gobierno central del Estado español y los que ostentan el poder en su delegación regional catalana, están jugando un juego muy peligroso.

    Pareciera que Rajoy sólo busca lanzar un órdago que de persistir el imperio de la Ley en España, implica que es sólo un vulgar farol a la luz de la ilegalidad de las medidas propuestas.


    Si se consuman dichas órdenes gubernamentales, la partidocracia iniciará un viaje sin retorno hacia su degeneración despótica que sólo terminará con su derrocamiento.

    En vez de una aplicación estricta del Código penal, en el gobierno piensan actuar arbitrariamente indultando delitos no juzgados a los que se plieguen a los mandatos gubernamentales. Y todavía algún iluso seguirá viendo en España una ejemplar "democracia liberal".

    http://www.lavanguardia.com/politica/20171023/432298989489/articulo-155-gobierno-adaptar-puigdemont-niega-dui.html

    Insisto, esto sólo puede empeorar. La partidocracia está tomando las peores decisiones si lo que busca es su propia supervivencia. Leonor ya no será reina.

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    1. Sus palabras están fuera de la realidad. El 155 tiene un apoyo mayoritario en la población española, así como en estos momentos la monarquía.

      Por lo demás, había que aplicar el 155 ante la amenaza secesionista, lo cual no impide aplicar también el Código Penal.

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  2. Escuche el audio y se dará cuenta de su error. Además, aplicar una normativa contraria a Derecho no puede ser justificable porque una gran mayoría de legos en la materia apoyen dicha medida.

    La monarquía está indisolublemente unida en su suerte a esta partidocracia.

    Se está diciendo una y otra vez que si convoca elecciones y se desdice será como si los sediciosos no hubieran hecho nada.

    El felón Rajoy ha actuado tarde y pésimamente mal. Aunque alguna consecuencia positiva tendrá dado que al precipitar el colapso del régimen del 78, nos dará la oportunidad de fundar una verdadera democracia.

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    1. El art. 155 es un artículo de la Constitución como cualquier otro, diseñado para situaciones de emergencia como la actual. Por cierto, la mayoría de los constitucionalistas dicen que se está aplicando correctamente.

      De acuerdo en que Rajoy ha actuado tarde... pero más vale tarde que nunca.

      Sobre su posible suspensión si se convocan elecciones por parte de Puigdemont... hablamos en tres o cuantro días.

      Dice usted:

      "Aunque alguna consecuencia positiva tendrá dado que al precipitar el colapso del régimen del 78, nos dará la oportunidad de fundar una verdadera democracia."

      Nuevamente estas palabras están fuera de la realidad.

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  3. Le vuelvo a insistir, escuche la argumentación del D. Antonio García Trevijano e intente luego refutar su razonamiento sin recurrir a la falacia "ad verecundiam" que supone aludir a lo dicho por pretendidos expertos en la "Carta otorgada" del 78.

    Como usted bien indica, en unos días sabremos si termina o no llevándose a efectos el mandato gubernamental.

    De todas maneras, en el PSOE ya reinan las dudas y hasta el bocazas del Albiol se suma a la petición de que sean los propios sediciosos quienes convoquen eleccciones.

    Albiol: “Si Puigdemont pone punto final al proceso de ruptura y convoca elecciones, el 155 no se llevará a cabo”
    https://elpais.com/ccaa/2017/10/25/catalunya/1508921266_401449.html

    Con respecto a mi afirmación, hará falta bastante más tiempo para saber si mi pronóstico sobre la realidad futura está o no en lo cierto. No obstante, deduzco que sigue crédulamente empeñado en categorizar el régimen de 78 como la "democracia liberal" que proclama ser en vez de la "monarquía de partidos" que realmente es.

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    1. ¿Recuerda usted cuando me demostró con datos, números y fuentes que Marine Le Pen tenía enormes posibilidades de ganar la elección presidencial francesa? Pues eso.

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  4. Por supuesto, fue tan solo hace unos meses. Y no le quepa duda que contaba con más posibilidades para vencer a Macron que las que hubiera tenido frente a Fillon y no digamos contra Juppé, de haber sido éste el candidato gaullista.

    Fue un pronóstico errado. Al considerar el carácter conservador de los franceses me equivoqué cuando dí más peso al miedo que tienen a poner coto a su Estado de bienestar y su "grandeur" nacional que a la aversión que mostraron a un hipotético fin del Eurosistema. Seguidamente, diré que si hubiera elecciones legislativas a mitad de mandato presidencial como en USA, a buen seguro el partido "macronista" LREM quedaría reducida a la mínima expresión parlamentaria.

    No obstante, podríamos recordar también sus reiteradas proclamas sobre la "masacre" que iba a perpetrar Killary Clinton (sin referirse exactamente a todas las personas que han incomodado la carrera política de esta señora y que han aparecido muertas)

    Sin embargo, el conflicto español es demasiado relevante como para distraerse con hechos pasados y que afectan a otras naciones por muy relevantes que estas sean. Veamos que nos depara lo que resta de semana.

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    1. Lo que pasa es que mis predicciones han sido siempre todas (a excepción de la vuelta de Pedro Sánchez) equivocadas. No sé si sé analizar el presente, pero desde luego no el futuro :)

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  5. E insisto, escuche los audios:

    https://www.ivoox.com/rlc-2017-10-24-no-al-155-en-defensa-de-audios-mp3_rf_21659018_1.html

    https://www.ivoox.com/rlc-2017-10-21-propuesta-ilegal-rajoy-al-senado-audios-mp3_rf_21601326_1.html

    https://www.ivoox.com/rlc-2017-10-19-el-tribunal-constitucional-se-equivoca-con-audios-mp3_rf_21564126_1.html

    Hasta los letrados del "Parlament" parecen haber escuchado los argumentos del jurista García-Trevijano.

    Los letrados del Parlament ven el 155 como un "ataque contra el estado de derecho"

    http://www.elnacional.cat/es/politica/letrados-parlamento-155-ataque-estado-derecho_205809_102.html

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    1. El artículo 155 es una medida extraordinaria para unas circunstancias muy extraordinarias. Debió aplicarse antes, pero bueno, más vale tarde que nunca.

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  6. Lo que debiera haberse aplicado es simple y llanamente el código penal a los que han perpetrado crímenes tipificados. Si ello resulta difícil bajo la jurisdicción ordinaria, podría y puede declararse el estado de excepción o el de sitio.

    El Art. 155 no faculta al gobierno central a destituir al gobierno ni usurpar las facultades de las CCAA. Sólo permite "dar instrucciones":

    155.2.- Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

    http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=155&tipo=2

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    1. 155.1: ...podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

      En cuanto al 155.2, las instrucciones que se les dan a las autoridades más conflictivas es que... deben desalojar sus despachos porque están cesadas :)

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    2. Obligar al cumplimiento forzoso implica que la autoridad concernida cumpliera por mandato imperativo lo que antes no quería cumplir voluntariamente. No se puede deducir que en caso de que se niegue a asumir la orden pueda ser apartada de sus funciones, ni siquiera suspendida de las mismas.

      Según parece, el artículo que de la Constitución de Bonn del que fue copiado el 155 hacía referencia expresa al delegado o comisionado del gobierno federal para los "länder". En la carta otorgada del 78, esa figura se define en el 154 pero no se nombra (quizá deliberadamente) en el 155 por lo que la autoridad sólo puede hacer referencia a las designadas por la partidocracia local en virtud de las votaciones correspondientes, Puigdemont en el caso que nos ocupa.

      http://www.ub.edu/ciudadania/hipertexto/evolucion/textos/ca1946.htm (Art 37)

      https://www.ivoox.com/ft-articulo-155-audios-mp3_rf_21671391_1.html

      https://www.ivoox.com/ft-articulo-155-2-parte-audios-mp3_rf_21697047_1.html

      https://www.ivoox.com/ft-articulo-155-3-parte-audios-mp3_rf_21720132_1.html

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    3. Obligar al cumplimiento forzoso implica que la autoridad concernida cumpliera por mandato imperativo lo que antes no quería cumplir voluntariamente. No se puede deducir que en caso de que se niegue a asumir la orden pueda ser apartada de sus funciones, ni siquiera suspendida de las mismas.

      Según parece, el artículo que de la Constitución de Bonn del que fue copiado el 155 hacía referencia expresa al delegado o comisionado del gobierno federal para los "länder". En la carta otorgada del 78, esa figura se define en el 154 pero no se nombra (quizá deliberadamente) en el 155 por lo que la autoridad sólo puede hacer referencia a las designadas por la partidocracia local en virtud de las votaciones correspondientes, Puigdemont en el caso que nos ocupa.

      http://www.ub.edu/ciudadania/hipertexto/evolucion/textos/ca1946.htm (Art 37)

      https://www.ivoox.com/ft-articulo-155-audios-mp3_rf_21671391_1.html

      https://www.ivoox.com/ft-articulo-155-2-parte-audios-mp3_rf_21697047_1.html

      https://www.ivoox.com/ft-articulo-155-3-parte-audios-mp3_rf_21720132_1.html

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