Rojobilbao escribe El Papa, al banquillo. En la entrada a la que hace referencia no aporta prácticamente ningún dato ni enlace sobre la demanda en cuestión, salvo una entrevista puntual sobre un caso en concreto y puras opiniones personales.
Intentaré, por lo tanto, añadir algo sobre el asunto.
No he podido encontrar referencia válida alguna a la noticia en medios españoles serios, salvo meras notas, por lo que recurro a uno argentino. Al parecer la base de la denuncia es la siguiente:
Los crímenes fueron escondidos por los responsables del Vaticano al más alto nivel.En el artículo se hace referencia también a esto:
La denuncia nombra al Papa ya que dirigió la Congregación para la Doctrina de la Fe, que en el 2001 recibió la responsabilidad de supervisar los casos de abusos.Sobre ello es de destacar que el entonces cardenal Joseph Ratzinger escribió una carta a los obispos de todo el mundo el día 18 de mayo del 2001 en latín, de cuya traducción al español destaco esto:
Los delitos más graves tanto en la celebración de los sacramentos como contra las costumbres, reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, son:¿Y qué es ese secreto pontificio?
...
- Delitos contra las costumbres, es decir: delitos contra el sexto precepto del Decálogo con un menor de dieciocho años cometido por un clérigo.
...
Todas estas causas están sometidas al secreto pontificio.
Veamos lo que dice la misma Iglesia Católica al respecto:
Pero en ciertos asuntos de mayor importancia se requiere un secreto particular, que es llamado secreto pontificio y que debe ser custodiado con obligación grave.Resumiendo, el 18 de mayo del 2001 Joseph Ratzinger sometió a un secreto extraordinario, llamado secreto pontificio, los, literalmente, delitos contra el sexto precepto del Decálogo con un menor de dieciocho años cometido por un clérigo.
...
Artículo III
1) Quien está obligado al secreto pontificio tiene siempre la obligación grave de respetarlo.
2) Si la violación se refiere al fuero externo, aquel que es acusado de violación del secreto pontificio será juzgado por una comisión especial, que será constituida por el cardenal presidente del dicasterio competente, a en su ausencia, por el presidente de la oficina competente; esta comisión infligirá penas proporcionadas a la gravedad del delito y al daño causado.
3) Si aquel que ha violado el secreto presta servicio ante la Curia Romana, incurre en las sanciones establecidas en el Reglamento General.
Finalizo.
¿Va a prosperar la denuncia ante el Tribunal Penal Internacional contra el actual Papa Benedicto XVI? Por supuesto que no.
¿La carta escrita por Joseph Ratzinger el 18 de mayo del 2001 le hace culpable de encubrir los casos de pederastía que sucedieron dentro de la Iglesia Católica? Opinen ustedes.
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