Por edad pocos de mis lectores (tal vez ninguno) se acordarán de la decisión que el Tribunal Constitucional tomó en diciembre de 1983 sobre la expropiación del
holding RUMASA que el recién estrenado Gobierno de Felipe González había tomado diez meses antes (hoy el TC en vez de diez meses se hubiera tomado diez años). Antes de dejar constancia de la sentencia decir que, como el TC se compone de doce miembros (¿a quién se le ocurrió un número de par, en vez de, por ejemplo, nueve o quince, con los que también podría renovarse por tercios?), por aquel entonces era norma no escrita que el Presidente del Alto Tribunal se abstenía en todas las votaciones. Pero llegó la votación de la mentada expropiación por parte de un gobierno socialista. Y la votación quedó con seis a favor de declarar inconstitucional la expropiación y cinco a favor de que el Gobierno había actuado conforme a la Constitución. Faltaba el voto del Presidente del Alto Tribunal, que era el último en votar, y que siempre se había abstenido; el cual, por cierto, en caso de empate decidía por voto de calidad. Y esa vez no se abstuvo. Voto a favor de declarar constitucional la expropiación. Ante el empate a seis la expropiación se declaró constitucional por el voto de calidad del Presidente. En la prensa de aquellos días se pudo leer que el Presidente del Tribunal Constitucional había transformado una mayoría de seis a cinco que declaraba inconstitucional la expropiación en otra mayoría opuesta que la declaraba constitucional en virtud de su voto de calidad en caso de empate, y que eso, aunque era perfectamente legal, no era legítimo. Y que el Presidente cambió las mayorías porque no supo resistir las presiones que en ese sentido sufrió por parte del Gobierno de Felipe González.
Allí empezó el descrédito del Tribunal Constitucional. Que ha tocado techo (por ahora) en los tiempos actuales. Porque ya es común ver como los miembros del TC votan las decisiones políticas por bloques, dependiendo de si son conservadores (llegaron a propuesta del PP) o progresistas (lo hicieron a propuesta del PSOE). Actualmente el TC cuenta con seis miembros conservadores y cinco progresistas (un conservador dejó su cargo por motivos de salud y no ha sido sustituido). Y esos números fueron los que se dieron ayer en las dos votaciones. En la primera se votó la recusación de dos magistrados conservadores; la recusación fue rechazada por seis votos (los seis conservadores) contra cinco (los cinco progresistas). Y se pasó a debatir el meollo de la cuestión, si se podía frenar la tramitación por la vía rápida del cambio en el funcionamiento tanto del CGPJ como del TC a través de unas enmiendas en una ley que no tiene que ver nada con el tema (la que elimina la sedición y reforma la malversación); el resultado de la votación es que se debía frenar por ser claramente inconstitucional, nuevamente por seis votos (los seis conservadores) contra cinco (los cinco progresistas).
Llegados a este punto hay que hacer una salvedad, enorme por cierto. Está pendiente la renovación de cuatro miembros del TC, los dos correspondientes al CGPJ y los dos correspondientes al Gobierno. El CGPJ tradicionalmente ha nombrado siempre a un conservador y a un progresista, por lo que, al salir un conservador y un progresista nombrados hace nueve años por otro conservador y otro progresista nombrados ahora, no altera en nada el balance. El problema llega cuando hablamos de los dos miembros nombrados por el Gobierno. Esos dos lo fueron por el Gobierno de Mariano Rajoy. Es decir, que son conservadores. Y ahora los dos que el Gobierno de Pedro Sánchez ha nombrado, pero no han podido tomar el cargo (porque el CGPJ no ha nombrado a los suyos), son progresistas. Con tal sustitución los números pasarían de ser de los actuales seis conservadores y cinco progresistas a una nueva composición de siete progresistas y cuatro conservadores. Lo que, al votar las decisiones políticas por bloques, le permitiría ganar al Gobierno todas las votaciones. Como, por ejemplo, la presente, que en lugar de haber sido favorable a la inconstitucionalidad por seis a cinco lo hubiera sido a la constitucionalidad por siete a cuatro.
Pero es que la inconstitucionalidad de reformar una ley metiendo esa reforma como una especie de apéndice de una ley que no tiene nada que ver es tan clara que ya ha sido determinada en otras ocasiones por el mismo Tribunal Constitucional. Pero nos encontramos con cinco miembros expertos en Derecho, diciendo que sí, que bueno, que tal vez, pero que no se puede parar el trámite legislativo. Y curiosamente son los cinco progresistas. Que hubieran sido siete de haberse llevado a efecto las sustituciones.
Estamos asistiendo, por lo tanto, a una decisión que ha tomado un Tribunal Constitucional partido prácticamente por la mitad en dos partes que se corresponden perfectamente con las facciones políticas que los nombraron. Algo totalmente lamentable que hace que la poca credibilidad que el TC tenía (si es que tenía alguna) la haya perdido por completo. Y la he perdido por completo, curiosamente, por hacer lo correcto. Algo que no hubiera hecho si las sustituciones ya hubieran estado en vigor.
Hasta este punto de descrédito ha llegado la política española en general y el Tribunal Constitucional en particular, que para que se consiga un fin completamente correcto (determinar la inconstitucionalidad de la ley de marras y parar su tramitación) se ha tenido que llevar a la práctica a través de un procedimiento incorrecto (que aún no se haya renovado el tercio de miembros del TC correspondiente a los del CGPJ y los dos del Gobierno).
Si algún amable lector ha conseguido llegar hasta este punto he de agradecerle su dedicación (soy consciente de lo farragoso de este texto, pero, dentro de mi subjetividad, he intentado ser lo más objetivo posible, exponiendo lo que creo que es el centro de la cuestión, siendo yo únicamente un aficionado al Derecho). Y termino diciendo que el remedio a todo esto no es, como ha dicho Pedro Sánchez en alguna ocasión, desjudicializar la política, sino que la única solución es despolitizar la Justicia. Tema para otro texto.
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