sábado, 5 de noviembre de 2022

La base constitucional de la partidocracia española

Artículo 6 de la Constitución Española
(las negritas son mías):

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Definición de fundamental por parte de la Real Academia Española de la Lengua:

Que sirve de fundamento o es lo principal en algo.

Sea por lo primero (servir de fundamento) o por lo segundo (ser lo principal) la realidad es que los partidos políticos son el eje principal de la democracia española. Y ello con rango constitucional. Lo que a su vez, paradójicamente, limita enormemente la democracia. Porque podría darse el caso de que una persona fuera la mejor preparada del país para ser Presidente de Gobierno, que quisiera serlo, pero que no formara parte de ningún partido político. En esa circunstancia la elección de tal hombre o mujer para liderar el Ejecutivo sería simplemente imposible. La única forma posible sería que creara un partido y se presentara a las elecciones. Pero si esa persona tiene la capacidad de ejercer muy bien la Presidencia del Gobierno, pero no la de montar un partido político, nunca llegaría a ocupar La Moncloa. En España, por lo tanto, nunca se dará un caso como el de Emmanuel Macron, con todo lo que ello implica de posible (más bien probable) pérdida de talento político para el país. Y ello porque en la práctica los partidos políticos se han convertido en los intermediarios imprescindibles entre los votantes y la democracia.

Todo ello ha llevado con el tiempo a una absoluta dependencia de los partidos políticos de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), partidos políticos que en muchas ocasiones, por la vía de los acuerdos entre ellos, han llegado a tomar decisiones contrarias a lo que hubieran querido la mayoría de los votantes. Y lo malo es que todo ello tiene como base la Constitución Española.

¿Se puede llamar a esto democracia? Probablemente sí, porque los votantes podrían si quisiesen organizarse para cambiar el sistema, por ejemplo votando a un partido político que defendiera una mayor democracia. Y porque la Constitución introduce mecanismos para la reforma, incluso total, de la misma. Pero sin duda es una democracia muy limitada, más cerca de una partidocracia que de una verdadera democracia. Aunque tiene la virtud de que al menos sirve para un traspaso de poder más o menos (repito, más o menos) organizado, sin tener que recurrir a la guerra. Que en España no es poco.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Después de siete días de la publicación de un artículo todos los comentarios necesitan aprobación.