Una buena noticia, que últimamente hay pocas y hay que aprovecharlas:
Que mediante el presente escrito, y de conformidad con lo previsto en los artículos 32 y 33.1 y disposiciones concordantes de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, vengo a interponer RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD contra la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio (publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 157 correspondiente al día 2 de julio de 2005).
Aunque no soy abogado, la verdad es que el recurso del Partido Popular ante el Tribunal Constitucional contra la ley que permite el llamado matrimonio homosexual me parece muy logrado. Sin duda el punto central del recurso es éste:
Dicho artículo 32 de la Constitución -incardinado en la Sección 2ª del Capítulo Segundo del Título Primero-, dispone en su apartado 1: "El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica";
(...)
Y del mismo se desprenden de entrada, según el amplio consenso jurisprudencial y doctrinal que luego se describirá, dos notas fundamentales:
a) que el derecho a contraer matrimonio lo tienen constitucionalmente reconocido el "hombre y la mujer", siendo la igualdad y la heterosexualidad las dos notas principales del mismo.
Y extraordinaria me parece la mención del proceso de enmiendas que pretendieron colar por aquel entonces los Grupos Parlamentarios Comunista y Socialista, donde se hacía mención de términos neutros tales como "los cónyuges" o "toda persona", los cuales fueron rechazados por el constituyente, diciendo el recurso:
Pero es que además, buena prueba de que el constituyente reflejó en la referencia expresa al "hombre y la mujer" la opción por el matrimonio tradicional basado en la unión entre personas de distinto sexo es que se rechazaron formulaciones alternativas, de las que se ha dejado constancia explícita en las consideraciones que anteceden, en las que se hacía referencia genérica a "los cónyuges" (voto particular del Grupo Parlamentario Comunista) o a "toda persona" (voto particular del Grupo Parlamentario Socialista), lo que permite deducir que la Constitución sólo contempla el matrimonio entendido como unión entre personas de distinto sexo.
Lo dicho, extraordinario.
Pero sigue con esto que es también realmente bueno, y que ya lo he mencionado yo en alguno de mis comentarios anteriores al tema:
Afirmación que difícilmente puede aceptarse, pues legitimaría al legislador ordinario para introducir en el ordenamiento cualquier concepción del matrimonio, por ejemplo, el matrimonio entre hermanos, o el matrimonio poligínico o poligámico.
Así es. Y son solo ejemplos. Porque ello implicaría eliminar la prohibición de los matrimonios no solamente entre hermanos, sino de cualquier cercanía familiar, independientemente de consanguinidad o sexo. Sencillamente aberrante.
En fin, que me alegro de la decisión final del Partido Popular de haber presentado este recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley del matrimonio gay, y que espero que dicho Tribunal haga caso de esos argumentos, y anule la citada ley.
Con la estatua de la libertad en portada, y escribes post alegrandote de que algunos intenten quitar la libertad de casarse a otros.
ResponderEliminarDefrenestable.
Defrenestable? Sic
ResponderEliminarPor cierto, los homosexuales siguen teniendo derecho a contraer matrimonio con una persona del sexo opuesto.
Nadie tiene un derecho que otros no tengan.
Si a la Izquierda le interesaran los derechos de los homosexuales no le brindaría homenajes a la dictadura cubana que encierra, tortura y mata a los homosexuales por el mero hecho de serlo.
La homofobia en España la ostenta la Izquierda (Rajoy mariposon sal del armario) y el lobby rosa (obligando a que la gente salga del armario bajo amenazas)
Anónimo: ¿Qué es la libertad de casarse?
ResponderEliminarEso debe ser como la libertad que tengo yo de que cada español me dé un céntimo al día (40 millones de céntimos al día no me vendrían nada mal)
¿Me vas a impedir esa libertad?
Nadie impide a nadie que viva con quien quiera... Eso sí, pedir que la sociedad te subvencione tu unión no es libertad... es cara dura. Y salvo que, desde un punto de vista no liberal, se considere que la unión es especialmente beneficiosa para todo el conjunto de la sociedad por alguna razón (como por ejemplo para tener hijos, que son los que mantendrán nuestras pensiones, por ejemplo), ¿por qué quieres que financiemos entre todos las uniones?
No es cuestión de quitar o dar derechos: si es inconstitucional, no se puede hacer, y si crees que es un derecho que hay que conceder a los homosexuales, no te queda más remedio que modificar la constitución. Venga, a promover la modificación de la constitución (2/3 senado, 2/3 congreso , referendum y elecciones generales).
ResponderEliminar