He leído el interesantísimo artículo de Lucrecio en Libertad Digital, donde desarrolla la tesis de que el nuevo Estatuto aprobado por el Parlamento Vasco debe ser constitucional para llegar a ser votado por el Parlamento nacional. Es decir, defiende que desde ya, con energía, debe presentarse una impugnación de dicho Estatuto ante el Tribunal Constitucional, conforme al artículo 161.2 de la Constitución, lo cual solo puede hacer el Gobierno.
Yo, en mi artículo Comienza la presión, del 2 de Enero, aceptaba la vía del PSOE de votar el proyecto en las Cortes, aunque me parecía mejor la vía del PP de impugnar el acuerdo ante el Tribunal Constitucional.
Hoy, una vez leídos los argumentos de Lucrecio, creo que tiene razón. No hay nada que pueda justificar votar una ilegalidad en el Parlamento nacional. Solo lo que sea constitucional puede ser votado. Y, de lo contrario, solo cabría, legalmente, una opción válida: Iniciar el proceso de reforma constitucional previsto en la Constitución. No es el caso del nuevo Estatuto aprobado por el Parlamento Vasco, que intenta reformar la Constitución por una vía totalmente espúrea, y que coloca las instituciones vascas de Parlamento vasco y Gobierno vasco en pie de igualdad con las nacionales.
Ante tal disparate legal no cabe sino seguir la senda marcada por la Constitución, que es la impugnación ante el Tribunal Constitucional por parte del Gobierno.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Después de siete días de la publicación de un artículo todos los comentarios necesitan aprobación.